La Ley 12.099 declaró a Cariló como Paisaje Protegido de Interés Provincial en 1998. A partir de esa decisión, el crecimiento turístico e inmobiliario quedó atravesado por nuevas condiciones legales. Sin embargo, entre fines de los noventa y 2010, la expansión de hoteles y apart-hoteles abrió un conflicto persistente. La discusión no pasó por impedir toda construcción, sino por definir bajo qué reglas se autorizaban las obras y quién controlaba ese proceso.
La norma, promulgada el 24 de abril de 1998 y publicada el 5 de mayo, estableció que toda obra pública o privada capaz de alterar las condiciones protegidas debía contar con una Evaluación de Impacto Ambiental previa. Además, dispuso la participación vecinal y previó la nulidad de autorizaciones en los casos alcanzados cuando esos requisitos no se cumplieran.
Ese mismo año, el Decreto 1114/1998 introdujo un veto parcial y observó el término “fitogeográfico”. En sus fundamentos, el Poder Ejecutivo bonaerense sostuvo que la ley debía servir para evitar un crecimiento inmobiliario y comercial desmesurado. Desde entonces, el eje del conflicto quedó planteado entre el impulso edificador y las restricciones impuestas por el nuevo marco ambiental.
Una ley en disputa
Durante los 2000, el debate se concentró en la aplicación concreta de esa protección. La cobertura periodística de la época describió un proceso de “construcción masiva”, especialmente de hoteles y apart-hoteles. A la vez, vecinos y entidades locales denunciaron que el perfil original de Cariló cambiaba por el avance edilicio y comercial.
La Sociedad de Fomento de Cariló asumió un papel central en esa disputa. Su enfrentamiento judicial con la Municipalidad de Pinamar se volvió uno de los antecedentes más relevantes del período. El reclamo apuntó a exigir la reglamentación efectiva de la ley y a garantizar que las autorizaciones no avanzaran sin controles previos.
Frenos judiciales
En 2003, se mencionó una reglamentación municipal cuestionada, vinculada al Decreto 792/2003 y normas asociadas. Según críticas reflejadas en fuentes jurídicas, esa reglamentación habría limitado el alcance práctico de la Ley 12.099. Ese mismo año también se reportó una instancia judicial en la que una jueza de Dolores ordenó suspender obras y fijó una multa diaria de $500 por incumplimiento.
El conflicto escaló en 2006. Página/12 informó que la Justicia ordenó frenar todas las obras en construcción en Cariló. Esa cobertura consignó que el municipio debía presentar en 20 días corridos la documentación de los emprendimientos aprobados desde 1998 para revisar si habían cumplido con la EIA. También señaló que había alrededor de 60 obras u hoteles en discusión, junto con reclamos por falta de cloacas y destrucción de médanos.
Control y continuidad
En ese contexto apareció la Ordenanza 3361/06, que reglamentó el procedimiento de EIA en Cariló, creó una autoridad de aplicación y sumó un consejo asesor de control. Más adelante, en 2010, Diario Judicial presentó una nueva decisión de la Suprema Corte bonaerense como un límite al boom turístico e inmobiliario.
Ese mismo año surgió además la Ordenanza 3891/10, vinculada a un permiso de uso de espacios públicos para perforaciones e instalaciones destinadas a la extracción de agua en la zona comercial hotelera. Así, el caso consolidó una tensión que atravesó más de una década: el choque entre el boom inmobiliario y un paisaje que la ley había puesto bajo protección.



